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Ley Anti Fraude y Ley Crea y Crece

Ley Anti Fraude y Ley Crea y Crece 1200 676 Contamicro

Ley Anti Fraude y Ley Crea y Crece

La Ley Anti Fraude (Sistema VERI*FACTU), aprobada por el Gobierno español en el BOE del 9 de julio de 2021, y que será de aplicación previsiblemente a partir de 1 de julio de 2025, afecta a todas las empresas que tributan en España, excepto las que tributan en territorios forales (Navarra y Euskadi).

Ley Anti Fraude (Sistema VERI*FACTU)

Esta nueva ley afecta a tus procesos de gestión internos y a los programas informáticos de facturación, puesto que la Ley Anti Fraude 11/21 implica que el software que soporte procesos contables de facturación o de gestión garantice la “integridad, conservación, legibilidad, trazabilidad, accesibilidad e inalterabilidad de los registros”. Esta exigencia, reflejada en el texto legal, podría suponer la posible obligatoriedad de una homologación o certificación del software utilizado.

La implantación del sistema “Veri*Factu”, supondrá la comunicación a la AEAT de los registros fiscales de las facturas emitidas e inclusión de un código QR en el documento de factura.

Ley Crea y Crece (Factura Electrónica B2B)

Por otro lado, además, tal y como te contamos en anteriores artículos, está próxima la aplicación de la Ley Crea y Crece (Factura Electrónica B2B), en lo referente a la factura electrónica que obligará a expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en la relación entre empresas (B2B) ubicadas en España. Y, en este caso también las empresas ubicadas en el País Vasco, deberán cumplir con ambas normativas: tener un proveedor certificado o software garante para el TicketBAI y una solución para el nuevo sistema de facturación electrónica B2B.

La ley se aprobó el 28/09/2022 y el Reglamento está pendiente de aprobación. Los plazos previstos empezarían a correr a partir de la publicación oficial del Real Decreto que recoja el desarrollo reglamentario. A partir de este punto, el volumen de facturación de la empresa determinaría su obligatoriedad.

En Contamicro, disponemos de un gran equipo experimentado en la implementación y personalización de herramientas para la empresa, si necesitas ayuda para tu negocio, no lo dudes, contacta con nosotros.

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Prevención de riesgos (especial Teletrabajo)

Prevención de riesgos (especial Teletrabajo) 2048 1153 Contamicro

Teletrabajo: Prevención de riesgos

El pasado 2020 el teletrabajo irrumpió en nuestras casas y empresas casi de improviso, pero ahora se ha convertido en algo habitual en nuestras rutinas laborales y familiares.

Para aquellas personas que teletrabajan que no llegan al 30% de su jornada en un periodo de referencia de 3 meses, no pueden incluirse en las normas indicadas en RDL 28/2020, pero continúan teniendo derecho a una adecuada protección en materia de seguridad y salud en el trabajo, según lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y su normativa de desarrollo.

El acuerdo de trabajo a distancia deberá realizarse por escrito. El contenido mínimo obligatorio del acuerdo será, esencialmente:

  • Inventario de los medios, equipos y herramientas, así como vida útil y renovación de estos.
  • Gastos que pudiera tener la persona trabajadora y forma de compensación por parte de la empresa.
  • Horario de trabajo y, dentro de él, reglas de disponibilidad.
  • Porcentaje y distribución entre trabajo presencial y trabajo a distancia.
  • Centro de trabajo de adscripción y lugar donde, en su caso, desarrollará el trabajo presencial.
  • Lugar de trabajo a distancia elegido por la persona trabajadora para el desarrollo del trabajo a distancia.
  • Duración del acuerdo de trabajo a distancia y preaviso de reversibilidad.
  • Medios de control empresarial de la actividad.
  • Procedimiento en caso de dificultades técnicas, protección de datos y seguridad de la información.

La designación del lugar de trabajo elegido por el teletrabajador para el desarrollo del trabajo a distancia será determinante en aspectos clave de prevención de riesgos laborales (alcance de la evaluación de riesgos, consideración de accidentes de trabajo, entre otros).

Desde Contamicro creemos que es importante hacer las siguientes recomendaciones en materia de prevención y salud laboral en el teletrabajo:

  • Cuida tu postura: el mantenimiento prolongado de posturas estáticas ante la pantalla del ordenador y los movimientos repetitivos perjudican tus músculos y tu espalda (principalmente). Por ello es recomendable un correcto diseño ergonómico del puesto de trabajo, teniendo en cuenta la mesa o superficie de trabajo, la silla, el teclado, un atril y un reposapiés. Es decir, intenta que tu espacio de trabajo en casa sea lo más parecido al que tienes en la oficina.
  • Cuida tus ojos: es necesario reducir lo máximo posible la fatiga visual mediante una correcta posición del equipo informático, evitar reflejos, poner la luz adecuada y necesaria.
  • Crea tu espacio: debes tener un lugar propio para trabajar con espacio suficiente para ti y tu equipo de trabajo. Evita dejar cerca objetos que te dificulten el paso o que puedan provocar caídas.
  • Organiza tu horario y rutina: intenta generar tu sistema de trabajo en casa, haz descansos cortos, adecúa las reuniones en línea a tu jornada, intenta separar el trabajo de la vida familiar y personal pese a estar en casa.

En CONTAMICRO, como empresa de tecnología y gestión nos preocupamos por la seguridad de las personas de la empresa tanto en la oficina como en el teletrabajo haciendo de nuestra organización un lugar seguro en materia de prevención de riesgos para toda la plantilla.

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Ley Antifraude (software)

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Ley Antifraude (software)

El pasado 11 de octubre de 2021 entró en vigor de la Ley antifraude 11/2021, que tiene como objetivo la lucha contra el fraude fiscal es una ley muy extensa que abarca muchos puntos como criptomonedas, pagos en efectivo y los paraísos fiscales, y que prohíbe, entre otras cosas, el uso de sistemas informáticos que manipulen la contabilidad y falseen las cuentas de una empresa, atacando directamente al software de doble uso.

Desde CONTAMICRO creemos que es importante comentar aspectos relativos al buen uso de los programas de contabilidad y facturación que pueden afectar a diferentes sectores.

La ley obliga los productores, comercializadores y usuarios de programas de facturación o de gestión a garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos. Y se consideraran infracciones con multas de hasta 150.000 € las siguientes situaciones en las que los sistemas:

    • permitan llevar contabilidades distintas a las condiciones marcadas en la ley
    • permitan no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas
    • permitan registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas
    • permitan alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable
    • no cumplan con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros
    • no se certifiquen, estando obligado a ello por disposición reglamentaria, los sistemas fabricados, producidos o comercializados.

Además la ley también afecta a las personas físicas:

    • Se limitan los pagos en efectivos a 1.000€ entre empresas y entre particulares.
    • Congelación del impuesto de matriculaciones.
    • Cambios en los pactos sucesorios o herencias en vida. Se suprimen las ventajas fiscales si los bienes obtenidos por esta vía se transmiten antes de cinco años. Este cambio afecta a Baleares, Aragón, Galicia y Cataluña.
    • Regulación de las entradas domiciliarias en los procedimientos relacionados con la inspección tributaria.
    • Control de las Criptomonedas: se establece tanto a nivel nacional como internacional la obligación de informar sobre saldos y titulares de estas monedas, y de todas las operaciones realizadas con ellas.
    • Baja a 600.000€ el umbral de deuda con Hacienda para aparecer en la lista de morosos.
    • Quedan prohibidas las amnistías fiscales.
    • Otras medidas relacionadas con los paraísos fiscales, el Catastro, el SICAV …

En CONTAMICRO, disponemos de un gran equipo experimentado en la creación, desarrollo e implementación de sistemas de gestión para la empresa, si necesitas ayuda para tu negocio, no lo dudes, contacta con nosotros.

Sanciones por incumplir el control de acceso en las empresas

Sanciones por incumplir el control de acceso en las empresas 150 150 Contamicro

Sanciones por incumplir el control de acceso en las empresas

Dependiendo de su gravedad pueden oscilar entre 60 y 187.515 euros.

La ley no especifica cómo debemos llevar el registro horario de los empleados, simplemente que tenemos que hacer y cada empresa debe implantar el sistema que mejor se adapte a sus necesidades y presupuesto.

Las empresas de cualquier tamaño y facturación deben cumplir los siguientes requerimientos:

  • La empresa determinará cómo se realiza dicho registro y dará instrucciones a los empleados para que lo lleven a cabo.
  • El registro laboral debe ser diario y tendrá que incluir tanto la hora de entrada como la de salida.
  • El registro de control horario tendrá que estar a disposición Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social si así lo requieren.
  • Dichos registros de control horario deben conservarse, al menos, durante cuatro años.
  • Trabajadores y representantes sindicales recibirán cada mes la relación de horas ordinarias y extraordinarias realizadas.

La fecha establecida para que las empresas implanten este sistema es el 12 de mayo de 2019, si a partir de esa fecha nos llega una inspección estas son las sanciones a las que nos enfrentas por incumplir el registro:

  • Muy graves: de 6.250 a 187.515 euros, si se demuestra que las horas extraordinarias han sido efectuadas por un menor de 18 años o se ha producido un impago o retraso reiterado.
  • Graves: de 625 a 6.250 euros, si se demuestra que se han cometido irregularidades en los horarios pactados o se han realizado horas extras no computadas o pagadas.
  • Leves: de 60 a 625 euros, entre otros motivos, por no informar de las condiciones laborales o no entregar los informes de registro de jornada, tanto a los trabajadores como a sus representantes.

Sin embargo, es muy evitar las sanciones simplemente estableciendo un sistema de control que nos ayude a mantener los registros al día.

Si tu empresa o tu necesitáis ayuda para gestionar vuestro control de presencia o acceso en Contamicro disponemos de diferentes soluciones adaptables a vuestras necesidades.

 

Novedades en la normativa de control de presencia en el puesto de trabajo

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Uno de los últimos decretos aprobados por el gobierno es el referente a control de presencia en el puesto de trabajo por lo que las empresas deben adaptar su funcionamiento diario y en algunos casos sus sistemas informáticos a esta nueva norma de obligado cumplimiento.

En principio para cumplir con los requerimientos legales la empresa tiene a su disposición diferentes modelos de control de acceso y salida, desde un modelo impreso autorrellenable hasta sistemas electrónicos de control con mayor o menor niveles de requisitos técnicos.

Ventajas de tener un sistema de control automático en la empresa

  • Información sobre el cumplimiento de la jornada laboral.
  • Controlar fácilmente las jornadas flexibles.
  • Llevar al día vacaciones y festivos de los trabajadores.
  • Gestión de turnos y horarios especiales
  • Saber si se deben horas al empleado o es el empleado el que debe horas a la empresa.
  • Control de ausencias injustificadas

Soluciones Contamicro

Contamicro en colaboración con Advanced Software con más de 20 años de experiencia en el desarrollo e implantación de Software de Control y Gestión de Presencia propone soluciones a las empresas destinadas a resolver la problemática asociada a las actividades del personal de una empresa. Permite tener constancia de los movimientos del personal dentro de la empresa y conocer en todo momento, de una forma ágil, la situación de un empleado, incluida la localización del mismo o la extracción del listado de Emergencia del personal que se encuentra dentro.

Además, el seguimiento del control de presencia puede realizarse cómodamente desde los propios sistemas de gestión de o la empresa o incluso desde el móvil, e incluso estos sistemas de gestión permite la identificación de los empleados a través de diferentes sistemas de reconocimiento (huella digital, iris, tarjetas de proximidad…)

Soluciones básicas

El Control de Presencia básico,  muy simple a nivel de uso pero cumple en la mayoría de casos las expectativas tanto en empresas pequeñas como en grandes empresas en las que únicamente desean controlar los marcajes, saldos y registro de incidencias, y evitar dedicar tiempo a configurar y administrar horarios y calendarios, extras y demás conceptos tediosos. Sin embargo, a nivel tecnológico este producto está a la última, y puede funcionar con diversas bases de datos. Indicado  para cualquier tipo de empresa o sector, ya que es Multi Idioma, Multi etiqueta, Multi Empresa, permite vistas/listados y agrupaciones de conceptos configurables, además de disponer de un control de Incidencias manual o bien indicadas por terminal, listados con Saldos Presenciales con agrupamiento de conceptos parametrizable, entre otras cosas.

Disponemos de dos módulos de entrada de marcajes opcionales, uno mediante página Web, y otra opción mediante una APP para Android que permitiría registrar los marcajes de comerciales o itinerantes con geolocalización.

Soluciones avanzadas

En un escalón superior se encuentra la versión Profesional, con gran escalabilidad y posibilidades de crecimiento. Permite la gestión de turnos automáticos, rotativos, gestión de tarifas, conceptos variables de horas y extras, y además es adecuado para entornos de fabricación dónde permite infinidad de parametrizaciones y automatismos para gestión de turnos. Las opciones de configuración de parámetros son innumerables, ya que la mayoría de conceptos son parametrizables.